En desarrollo de las Competencias que vienen atribuidas a Consejo Insular por el arte. 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, que regula las bases de régimen local, eres Objeto de este Reglamento la prestaciones de servicios de Asistencia LOS Municipios de islas de Ibiza y Formentera, Especialmente A de menos Capacidad económica y de gestión, de conformidad con lo establecido en el art. 26.3 de la mencionada Ley, que uno de los Hasta propios y espeífics de Consejo, como ente local, eres el de asegurar la prestaciones integral y adecuada en el Ámbito territorial de ambas islas de los servicios de competencia municipal según el art. 31 del MISMO texto legal.
*El Consell Insular no da soporte a otros municipios en cuanto a Gestión tributaria y Técnica Informática.
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ID | Fecha Publicación | Document | Estado |
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